Estas restricciones se encuentran establecidas en el Artículo 32 de la Ley, el cual establece lo siguiente: "Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos".
Las prohibiciones de uso de estos medios de pago se aplicarán de la siguiente forma:
El tipo de operaciones, así como los montos hasta por los cuales se encuentra restringido el uso de efectivo y metales, son los siguientes (con datos vigentes a septiembre de 2022):
| Operaciones | Veces la Unidad de Medida y Actualización | Monto |
| Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles | 8,025 | $871,274.25 |
| Transmisión de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos nuevos o usados, de cualquier tipo ya sea aéreos, marítimos o terrestres. | 3,210 | $348,509.70 |
| Transmisión de propiedad de relojes, joyería, metales preciosos y piedras preciosas, esto, por pieza o por lote, al igual que de obras de arte. | 3,210 | $348,509.70 |
| Adquisición de boletos que permitan participar en juegos de apuestas, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por la participación en los juegos de apuestas, concursos o sorteos. | 3,210 | $348,509.70 |
| Prestación de servicios de blindaje de vehículos o de inmuebles. | 3,210 | $348,509.70 |
| Transmisión de dominio o constitución de derechos sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales. | 3,210 | $348,509.70 |
| Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles, vehículos nuevos o usados y la prestación de servicios de blindaje. 3,210 $348,509.70 | 3,210 | $348,509.70 |
Cuando al momento de recibir monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y metales preciosos para llevar a cabo un acto u operación y esta se cancele o requiera una devolución de recursos, se tendrá la obligación de regresar los recursos en la misma forma de pago y con la misma moneda o divisa con la que se realizó el acto u operación.
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